Re: Puerto RicoCOMUNICADO AL COMITÉ DE DESCOLONIZACIÓN de la O.N.U.
Fermín L. Arraiza Navas
En el año 1953 la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 748 (VIII) reconociéndole al Pueblo de Puerto Rico la adquisición de un "status" constitucional e internacional, como entidad autónoma, a base del ejercicio de su Derecho a la Autodeterminación.
En este sentido, a Puerto Rico se le reconocieron atributos de soberanía en el pleno gobierno propio , conforme lo requiere la Carta de las Naciones Unidas, a base de las representaciones hechas por el Gobierno de los Estados Unidos.
El Partido Nacionalista Puertorriqueño denunció enérgicamente todo aquél proceso como un montaje fraudulento diseñado para perpetuar el sistema colonial que se ha mantenido de facto en nuestra patria. Más aún, se decidieron a empuñar las armas contra el gobierno estadounidense (mecanismo de lucha legítimo para combatir el colonialismo) y fueron encarcelados, torturados y otros asesinados. Más aun, se les catalogó como terroristas.
A la altura del 1997, el Congreso Norteamericano, finalmente, coincide con las decisiones judiciales del Tribunal Supremo Federal, al expresar que Puerto Rico continúa siendo un territorio no incorporado de los Estados Unidos, sujeto a los poderes plenarios del Congreso Federal, como si fuésemos un pedazo de mercancía. Cabe preguntarnos ejercimos realmente el derecho a la autodeterminación en 1952?; y más aún: Puede el Congreso Norteamericano enmendar nuestro sistema "constitucional de gobierno" mediante legislación ordinaria, sin tomar en consideración lo sucedido en el año 1953?
Al reafirmar el carácter colonial de la condición política de Puerto Rico, el Congreso Norteamericano y el Sr. Young de Alaska, se burlan no solamente de nuestro Pueblo, sino además de toda la comunidad de naciones.
Más aún, fingen impulsar un nuevo proceso "y que descolonizador" para Puerto Rico, cuando éste lo que persigue de forma cristalina es perpetuar el trato desigual y colonial que existe, a base del concepto de la incorporación y el pretexto del "trato igual".
Esta iniciativa del Congreso, pretende consumar un proceso de anexión que cumple próximamente 100 años, para acabar de extinguirnos como pueblo caribeño y latinoamericano.
A estas alturas, 1997, el Congreso Federal no solamente le dá la razón a los nacionalistas por las posiciones de firmeza que adoptaron en la década del 50, sino que nos obliga a asumir nuevas posiciones de extrema necesidad para reclamar adecuadamente el respeto a la dignidad individual y colectiva de nuestro Pueblo a través de todos los mecanismos legítimos que estén a nuestro alcance.
Cuánto tiempo más se le va a conceder a un Imperio para que mantenga a un Pueblo sometido a un régimen de dependencia económica, represión política, intervención militar y transculturación contínuo, para luego proponerles que acudan a las urnas, dirigiéndolos inevitablemente hacia la infame anexión colonial?
Este tipo de práctica ha quedado proscrito tanto por el Derecho Natural como por el Derecho Internacional positivo. El colonialismo y todas las sofisticadas técnicas para eternizarlo constituyen un Crimen contra toda la Humanidad y no solamente contra el Pueblo que lo padece.
Conforme a las disposiciones de la Resolución 1514 (XV), incorporada en la Convención Internacional Contra Todas las Formas de Discrimen Racial , y al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos , al considerar la mediatización psicológica a la que se nos ha dirigido a base de un esquema de dependencia económica, militarismo institucionalizado y represión política por casi un Siglo, la expresión de un consentimiento válido hacia la anexión por parte de nuestro Pueblo no es viable. De estos Instrumentos internacionales se desprende que para promover el derecho a la autodeterminación a base de plebiscitos, no pueden existir dilaciones innecesarias basadas en pretextos sobre falta de desarrollo político, económico o social del pueblo a autodeterminarse. Nosotros llevamos casi 100 años.
Nuestra situación lastima la conciencia civilizada de los Pueblos, y de todo aquél que se respete no solamente a sí mismo, sino a la tierra que lo vio nacer.
Ya se ha expresado anteriormente que "en algunos casos un plebiscito podría resultar en la negación del propio derecho a la autodeterminación".
Conforme a la interpretación dada por el Comité de Derechos Humanos creado bajo el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos : "la libre selección de la condición política, así como la libre selección del desarrollo económico, social y cultural de los pueblos, no constituyen una definición, sino la consecuencia natural del derecho a la autodeterminación." No se trata del derecho inalienable a escoger cualquier alternativa presentada; se trata del derecho inalienable a la Libertad y a la Identidad Cultural propia.
No fue acaso la Anexión, aquél concepto que dio origen al principio de "No-Anexión Colonial "? Este principio contra la Anexión se incorporó bajo la Carta de las Naciones Unidas a través de Opinión Consultiva del Tribunal Internacional de Justicia en 1971.
En dicha Opinión, ese Alto Foro expresó que dadas las continuas violaciones por parte de Sudáfrica, de los compromisos asumidos ante la Comunidad Internacional con relación a la administración del Territorio de Namibia, dicho país (Sudáfrica), tenía la obligación de retirarse de su posesión, por considerarse ilegal su presencia en dicho territorio.
Son múltiples las instancias en que el Gobierno Norteamericano ha violado sus obligaciones internacionales con relación a Puerto Rico. Formalmente, comienzan desde finales del siglo pasado, aunque para un sector de nuestro pueblo éstas empiezan a partir del año 1953. No obstante, no nos proponemos enumerarlas en este momento. Esto sería materia de prueba a ser presentada ante el Tribunal Internacional de Justicia.
En el supuesto de que finalmente se logre acudir a ese Alto Foro Judicial, éste tendrá la oportunidad de expresarse sobre las Consecuencias legales de la Presencia Ilegal de los Estados Unidos en Puerto Rico . Lamentablemente, la última decisión al respecto no está en nuestras manos, sino en las manos tanto del Comité de Descolonización en el año 1998 como en la voluntad que demuestre tener la Asamblea General de la O.N.U. para referir nuestro caso ante el Tribunal Internacional de Justicia. Queda a su merced la urgente promoción de este mecanismo a través del Plenario de la Asamblea General.
Por otro lado, cualquier futura resolución que adopte el Comité de Descolonización con relación a Puerto Rico, no solamente debe excluir sub-silencio la opción de la estadidad federada como alternativa de descolonización válida para nuestro Pueblo. Ya esto se ha hecho en todas las resoluciones emitidas por este Comité desde el año 1972 en adelante; Sino que se debe condenar de forma expresa cualquier intento de anexión por parte de la Metrópoli.
Tengan presente que la anexión nunca se ha reconocido como fórmula descolonizadora. La misma, condenada por el Artículo 22 de la Carta de la Sociedad de Naciones , es distinguible del concepto Integración , el cual se creó como opción para aquellos pueblos divididos artificialmente por los poderes coloniales, principalmente en Africa. De esta forma, se les daba la posibilidad de reintegrarse en sus demarcaciones territoriales nacionales originales. No fue una alternativa creada con la intención de legitimar la presencia del impostor en la colonia y su consecuente exterminio.
Más aún, en casos donde se ha promovido de forma simultánea la emigración masiva de los nacionales del territorio ocupado, junto a la inmigración de ciudadanos metropolitanos y otros extranjeros naturalizados en la metrópoli, la Asamblea General siempre ha rechazado la integración como una alternativa viable de descolonización. Véanse los casos de Gibraltar y las Islas Malvinas.
En Puerto Rico, no solamente se han dado estas condiciones, habiendo al presente alrededor de 2.3 millones de puertorriqueños viviendo en los Estados Unidos (muchos de ellos sin ningún tipo de posibilidades económicas de regresar a su patria) sino que además, el gobierno norteamericano junto al de Puerto Rico, promovieron durante un tiempo prolongado la esterilización masiva de mujeres puertorriqueñas sin su consentimiento, como mecanismo artificial de control demográfico; mientras por otro lado, han promovido la inmigración de extranjeros a nuestra tierra. La interrogante es inescapable: Cuál ha sido el objetivo?
Dentro de este contexto, exigimos: Que en la decisión última que tomemos los puertorriqueños, los llamados a participar son todos los nacionales puertorriqueños, ciudadanos puertorriqueños por nacimiento o por que son hijos de puertorriqueños. Tanto los que viven dentro como fuera de Puerto Rico; Y cualquier fórmula a considerarse deberá promover el Derecho al Desarrollo como un factor inherente al derecho a la autodeterminación de los pueblos; no solamente al desarrollo político, sino social, económico, y sobre todo, al desarrollo cultural de nuestra Nación.
Ha llegado el momento de honrar a todos los muertos, torturados y encarcelados en la lucha de liberación de nuestros Pueblos; condenemos la anexión como vertiente abominable del genocidio y proclamemos la Libertad e Igualdad colectiva, como base indispensable para el respeto de todos los derechos individuales (según proclamados en la Declaración y Programa de Acción de Viena en el año 1993) y como valores supremos de nuestra Dignidad.
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El autor es abogado con maestría en Derecho Internacional Público
del Instituto de Derechos Humanos y Derecho Humanitario Raoul Wallenberg, Lund, Suecia.